Regulaciones de Dispensarios Minoristas de Cannabis de Nueva York, Parte 3: Contratación y Capacitación de sus Empleados

Regulaciones de Dispensarios Minoristas de Cannabis de Nueva York, Parte 3: Contratación y Capacitación de sus Empleados

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Como anteriormente en términos generales resumido el 31 de octubre de 2022, la Oficina de Gestión de Cannabis (OCM) lanzó su “Guía para dispensarios de uso para adultos” (las Regulaciones) el viernes 28 de octubre de 2022. Las Regulaciones brindan orientación para los licenciatarios y solicitantes del Dispensario minorista de uso condicional para adultos (CAURD). La semana pasada, en una audiencia con la Junta de Control de Cannabis, se anunció que se concedió una licencia a 36 solicitantes de CAURD.

La información contenida en las Regulaciones es una combinación de requisitos sustantivos, orientación operativa e información sobre los planes de la OCM para la emisión de licencias y el funcionamiento de la industria del cannabis de Nueva York. Como parte de nuestra serie que explica y detalla las Regulaciones, esta publicación es para brindarles a los licenciatarios orientación sobre las mejores prácticas para capacitar a los empleados que trabajan en su dispensario minorista. Por supuesto, este post no puede entrar en todos y cada uno de los detalles del Reglamento; sin embargo, debería servir como base para su conocimiento en el futuro. Como de costumbre, lo alentamos a que revise las Regulaciones y consulte con un abogado.

Contratación de empleados

En primer lugar, un Licenciatario no puede contratar a nadie menor de dieciocho (18) años y solo los trabajadores que tengan al menos veintiún (21) años de edad pueden tener interacciones directas con los clientes dentro del dispensario, transportar productos de cannabis de cualquier manera, o participar en ninguna operación de entrega. Presuntamente, los únicos trabajos que se pueden realizar menores de 18 años son los de almacenamiento, limpieza y seguridad.

Los licenciatarios deben designar a un empleado a cargo que tenga veintiún (21) años de edad o más, responsable de administrar la función principal diaria del dispensario. El empleado a cargo es probablemente la contratación más importante que hará un licenciatario. El Empleado a Cargo es la persona responsable de presentar los informes y notificaciones requeridos a la Oficina de Administración de Cannabis (la "OCM"). El empleado a cargo también debe mantener el plan de personal del dispensario y actualizar el plan dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a cualquier cambio en el estado laboral de una persona. Al contratar, tenga en cuenta que una persona no puede ser el Empleado a cargo de más de un dispensario a la vez, por lo que puede haber una mayor competencia.

El empleado a cargo también es responsable de administrar la función principal del día a día del dispensario. Esta es la persona responsable de presentar los informes y notificaciones requeridos a la Oficina. El Empleado a Cargo debe mantener el plan de personal del dispensario que contenga el nombre, información de contacto y edad de todos los trabajadores involucrados en actividades relacionadas con la venta de productos de cannabis. El Empleado a Cargo debe mantener registros firmados y fechados de que todos los trabajadores han sido capacitados dentro de los treinta días posteriores a su contratación.

Formación de los empleados

Los licenciatarios deben asegurarse de que todos los trabajadores estén capacitados de acuerdo con el manual de capacitación, incluido el plan de estudios mínimo a continuación o cualquier programa de certificación de trabajadores autorizado por la Junta. Las capacitaciones deben ocurrir durante las horas normales de trabajo de un trabajador y los trabajadores deben recibir una compensación a su tasa de pago normal mientras completan las capacitaciones requeridas.

No es necesario que el titular de la licencia lleve a cabo la capacitación; a los licenciatarios se les permite utilizar un capacitador externo para llevar a cabo parte o la totalidad de la capacitación requerida. La capacitación debe incluir, como mínimo:

  1. la historia del uso, la prohibición y la legalización del cannabis;
  2. leyes o reglamentos estatales y federales pertinentes;
  3. cómo garantizar el uso seguro del cannabis;
  4. cómo prevenir las ventas a personas menores de 21 años;
  5. cómo operar y mantener la seguridad y la vigilancia de los locales autorizados;
  6. procedimientos de emergencia para el dispensario; y
  7. cómo cumplir y operar los sistemas de seguimiento de inventario.

manual de capacitacion para empleados

Los licenciatarios deben mantener y distribuir a sus empleados un manual de capacitación escrito. El manual de capacitación debe incluir, como mínimo:

  1. directrices para los trabajadores y procedimientos de seguridad, operación y protección;
  2. información sobre todos los tipos de productos de cannabis que el dispensario vende o planea vender;
  3. requisitos de privacidad y confidencialidad del cliente; y
  4. Políticas de lugares de trabajo libres de alcohol, drogas y humo.

Además de la circulación del manual de capacitación, todos los trabajadores deben ser capacitados en el cumplimiento del manual de capacitación. El Empleado a Cargo debe mantener registros firmados y fechados de que todos los trabajadores han sido capacitados dentro de los treinta (30) días de su contratación.

Puede ser conveniente para los licenciatarios que no están seguros de los requisitos de capacitación, o de cómo redactar un manual de capacitación, contratar a una empresa externa con experiencia en la capacitación de empleados de conformidad con las Directrices de OCM, o una empresa que redacte y distribuya periódicamente manuales de capacitación de conformidad con las Directrices de OCM. Directrices de la OCM.

Para obtener más información sobre este tema, consulte nuestro seminario web reciente. Y a continuación hay enlaces a nuestras publicaciones anteriores en esta serie:

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